DURACIÓN RENTA SOCIAL Y RENOVACIONES
El percibimiento de la bonificación por renta social será de seis meses consecutivos desde su aprobación. El límite temporal
máximo de aplicación del Sistema de renta social por solicitante será de un año consecutivo, para ello el beneficiario deberá volver presentar solicitud y documentación para la siguiente convocatoria dentro de los plazos establecidos para la valoración y su aprobación o negación en su caso.
Una vez transcurrido el límite temporal máximo, se podrá volver a renovar mediante solicitud presentada, previo informe de la
trabajadora social de la EMV y una vez transcurrido un año atural desde la terminación de la bonificación a la que ha tenido
derecho.
PLAZO Y VIGENCIA DE LA RENTA SOCIAL
El percibimiento máximo de aplicación de la bonificación del Sistema de Renta Social por solicitante, será de un año consecutivo, no pudiéndose prorrogar.
El procedimiento será revisable cada 3 meses, aportando la documentación para su actualización, en caso de no modificarse su situación, será preciso aportar en documento una declaración responsable, debidamente firmada, comunicando que la situación no ha variado desde su adjudicación.
La Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid, tiene la obligación y el deber de exigir el cumplimiento riguroso de la renta de arrendamientos públicos, en aras de la defensa del bien e interés general, poniendo en marcha todos los procedimientos jurídicos y legales a su alcance para tal fin.
Únicamente la denegación de la concesión de renta social, por entender que han variado o desaparecido las condiciones que dieron lugar a la aprobación y aplicación de la misma, deberá ser aprobada por el Consejo de Administración o en su caso, en la Consejera o Consejero delegado que tenga delegada dicha facultad.
BAREMACIÓN
Las solicitudes de Renta Social serán baremadas por la EMV de Rivas Vaciamadrid según la normativa reguladora.